Seguramente ustedes fueron a contraer matrimonio sin ser coaccionados, libres y voluntariamente; lo que posiblemente no sabían cuando estaban contrayendo nupcias era que sus marcas forman parte de los bienes gananciales, aunque una marca sea un bien intangible.
¿No le queda claro? ¿No lo sabía? ¿Nadie le dijo nada? Necesita leer esta columna y, quizás, cambiar de agente.
Tenemos que recordarle que según lo estable el Art. 1271 del Código Civil de Argentina, pertenecen a la sociedad conyugal, como gananciales, los bienes existentes a la disolución de ella, si no se prueba que pertenecían a alguno de los cónyuges cuando se celebró el matrimonio, o que los adquirió después por herencia, legado o donación.
El Art. 1272, dispone que son también gananciales los bienes que cada uno de los cónyuges, o ambos adquiriesen durante el matrimonio, por cualquier título que no sea herencia, donación o legado como los bienes adquiridos durante el matrimonio por compra u otro título oneroso, aunque sea en nombre de uno solo de los cónyuges; los adquiridos por hechos fortuitos, como lotería, juego, apuestas, etcétera.
Es decir, que si durante su matrimonio usted adquirió un bien, material o intangible, o no se puede comprobar que era suyo desde antes del matrimonio, es un bien que en caso de ocurrir disolución de la sociedad conyugal debe ser repartido entre las dos partes. Le aclaramos que según las leyes de nuestro país, los cuatro tipos de bienes intangibles son los siguientes:
Asimismo, son gananciales los frutos naturales o civiles de los bienes comunes, o de los propios de cada uno de los cónyuges, percibidos durante el matrimonio, o pendientes al tiempo de concluirse la sociedad; los frutos civiles de la profesión, trabajo, o industria de ambos cónyuges, o de cada uno de ellos.
Es por esta razón, que si estando casado decide adquirir o crear una marca y luego desea venderla o transferirla, debe contar con el consentimiento y firma de su cónyuge certificada por escribano.
El equipo de profesionales de Almaraz & Asociados está siempre disponible para asesorarlo desde la búsqueda de viabilidad de su marca hasta la protección de todos sus derechos marcarios.
Y… ¿Qué pasa si las marcas que adquirí durante mi matrimonio son parte de una herencia? En la próxima entrega le explicaremos todo lo que concierne a marcas heredadas.