- Nombres propios de una persona física.
- Denominaciones y figuras visibles, suficientemente distintivas.
- Envases.
- Cajas para envolturas originales.
- Nombres comerciales y denominaciones o razones sociales.
- Siglas, iniciales.
MARCAS
¿Qué puede registrarse como marca?

¿Cómo es el trámite de registro de una marca en Argentina?
REQUISITOS PARA EL REGISTRO DE MARCAS en Argentina
Datos de persona física o jurídica
Marca a proteger con logotipo o isotipo
Productos y/o servicios a distinguir

PRINCIPALES VENTAJAS DE TENER UNA MARCA REGISTRADA
- La protección de su imagen y prestigio comercial. Exclusividad.
- Distinción y diferenciación ante el público consumidor.
- Derecho para realizar acciones legales, contra terceros que la usurpen.
- Posibilidad de extender su registro a otras naciones.
- Permite restringir la importación de bienes que utilizan vuestra Marca.
- La posibilidad de otorgar licencias, cobrar regalías, franquicias su producto o servicio.
- Derecho a imposibilitar el registro de marcas idénticas o similares posteriores.

Recuerde que la ley protege solamente a quienes tiene la marca registrada.
Una marca registrada es la que ha sido concedida en favor de una persona física o jurídica, argentina o extranjera, por la Dirección Nacional de Marcas del Instituto Nacional de la Propiedad Industrial ( I.N.P.I. ).
El registro de una marca concede a su titular, la exclusividad de uso por 10 años, pudiendo ser renovada antes de su vencimiento por plazos consecutivos de 10 años y en forma indefinida.
PATENTES
¿Qué es una patente?
Una patente de invención es un derecho exclusivo que el Estado otorga al inventor, a cambio de que éste brinde a la sociedad el fruto de su investigación. La solicitud de patente se publica a los 18 meses, dejando de ser secreta para pasar al estado de público conocimiento.
El derecho exclusivo tiene una duración de 20 años, durante los cuales el titular puede justamente, impedir que terceros exploten su invención.
Pasado ese lapso, la patente pasa a ser de dominio público, ello significa que cualquier persona puede hacer uso de la misma sin tener que abonar regalías al titular de la patente.

¿Para que sirve?
Para ejercer el derecho de exclusividad sobre su invento por el término que le acuerda la Ley pudiendo impedir que terceros sin su consentimiento realicen actos de fabricación, uso, oferta para la venta, venta o importación del producto o procedimiento patentado.
REQUISITOS FUNDAMENTALES DE UNA PATENTE
La ley de patentes establece en su art. 4° los tres requisitos básicos que debe reunir una invención para ser patentable: novedad absoluta, actividad inventiva y aplicación industrial.
Novedad absoluta: significa que el objeto de invención a patentar no debe estar comprendido dentro del estado de la técnica conocido, entendiendo por estado de la técnica al conjunto de conocimientos técnicos que se han hecho públicos tanto en el país como en el resto del mundo, antes de la fecha de presentación de la solicitud en cuestión.

Actividad inventiva: Existe actividad inventiva cuando el proceso creativo o sus resultados no se deduzcan del estado de la técnica en forma evidente para una persona normalmente versada en la materia técnica correspondiente. Esto significa que si la invención es una combinación de elementos conocidos con resultado predecible, la misma carece de actividad inventiva puesto que el resultado final al que se accede es conocido para cualquier persona del oficio de nivel medio.

Aplicación industrial: Habrá aplicación industrial cuando el objeto de la invención conduzca a la obtención de un resultado o de un producto industrial, entendiendo como industria todo aquello susceptible de ser fabricado o aplicado en serie o a escala industrial, en contraposición a una obra de arte por ejemplo, que es única e irrepetible.
Una patente de invención puede ser un objeto, un procedimiento, una máquina, un compuesto químico, un uso de un compuesto químico, un microorganismo, etc.

¿Cuánto dura el trámite de concesión de una patente o modelo de utilidad?
De acuerdo al atraso existente, el trámite hasta la concesión de una patente o de modelo de utilidad tiene una duración de aproximadamente 5 años en promedio, dependiendo del área técnica a que se refiera el invento.
¿Una vez que presento la solicitud, ya puedo comercializarlo?
Si, pero corriendo el riesgo de ser demandado. Esto es así, ya que la ANP no puede verificar al momento de la presentación, que el invento en cuestión sea novedoso, sino que ese dictamen se efectúa en la instancia del examen de fondo.
¿Puedo publicarlo antes, una vez concedida la patente, debe abonar alguna tasa,?
Sí, la ley prevé la posibilidad de solicitar la publicación anticipada de la solicitud, previo pago de la tasa correspondiente. Una vez concedida la patente, deben pagarse anualidades para su mantenimiento.
MODELOS DE UTILIDAD
Un modelo de utilidad se otorga únicamente a una disposición o forma nueva obtenida o introducida en herramientas, instrumentos de trabajo, utensilios, dispositivos u objetos conocidos que se presten a un trabajo práctico, en cuanto importen una mejor utilización en la función a que estén destinados. En todos los casos, un modelo de utilidad debe cumplir con dos requisitos de patentabilidad: novedad y aplicación industrial, pero puede no tener actividad inventiva, ya que este requisito no es obligatorio. Esto significa que se evaluará que el objeto sea novedoso y que realmente le sea conferida una mejor “utilidad” por medio de alguna modificación en su estructura, no importando que dicha modificación sea obvia para una persona del oficio de nivel medio.
Los modelos de utilidad de otorgan por 10 años y todos los aranceles del trámite corresponden al 50 % de los de patentes.
MODELOS Y DISEÑOS INDUSTRIALES
Ley
Argentina se rige por la Ley de Modelos y Diseños Industriales Nº 16478.
Vigencia
¿Qué es modelo o diseño industrial?
Convenios internacionales
Clientes que confían en nosotros